Por qué el SAT puede pedirte información contable de hace 5 años (y qué pasa si no la tienes)
Muchas empresas asumen que una vez presentada y aceptada una declaración, el expediente que la respalda ya no importa. El Código Fiscal de la Federación dice lo contrario, y el plazo es más largo — y más específico — de lo que la mayoría cree.
Lo que dice la ley, en plazos reales
El Artículo 30 del Código Fiscal de la Federación establece que la contabilidad y su documentación soporte deben conservarse durante 5 años, contados a partir de la fecha en que se presentó o debió presentarse la declaración relacionada. Pero ese plazo no es el único que aplica:
- Actos con efectos fiscales prolongados (depreciación de activos, pérdidas fiscales aplicadas en varios ejercicios): el plazo de 5 años empieza a contar hasta el último ejercicio en que ese efecto se aplicó — lo que en la práctica puede significar conservar un comprobante 15 años o más.
- Documentación corporativa (acta constitutiva, actas de aumento o disminución de capital, actas de fusión o escisión): debe conservarse por todo el tiempo que exista la sociedad, sin importar el plazo fiscal.
- Comerciantes bajo el Código de Comercio: la obligación mercantil exige conservar comprobantes originales por un mínimo de 10 años, incluso cuando el plazo fiscal ya haya vencido a los 5.
- Casos donde el SAT puede ampliar su facultad de revisión a 10 años: cuando la empresa no está inscrita en el RFC, no lleva contabilidad, o dejó de presentar alguna declaración estando obligada.
En otras palabras: “5 años” es el piso, no el techo. Para varios tipos de documentos, el plazo real es más largo.
Qué pasa si el SAT la pide y no la tienes
Cuando la autoridad fiscal solicita documentación dentro de una revisión y la empresa no puede presentarla, el resultado no es una advertencia — es que la autoridad puede presumir ingresos o actos no declarados con base en la información disponible, lo que casi siempre deriva en un crédito fiscal más alto del que hubiera resultado con la documentación completa. No tener el comprobante no significa que la operación no pasó; significa que la empresa perdió la manera de demostrarlo.
Por qué esto es, en el fondo, un problema de respaldo de información
La mayoría de las empresas que no pueden presentar documentación de hace 5 años no la destruyeron a propósito — la perdieron por una falla de equipo, un cambio de sistema sin migración completa, o un respaldo que se asumía que existía y nunca se verificó. El cumplimiento fiscal, en la práctica, depende tanto de la organización contable como de que la información física y digital sobreviva el tiempo que la ley exige.
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