El SAT anuncia el Complemento Carta Porte 3.1

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha anunciado la publicación de la versión 3.1 del Complemento Carta Porte, que estará disponible en su sitio web junto con los manuales de uso, catálogos actualizados y una sección renovada de preguntas frecuentes. Esta nueva versión será obligatoria a partir del 17 de julio, reemplazando la versión 3.0, que dejará de ser válida en dicha fecha.

El día de hoy, 17 de junio, el SAT proporcionó recursos adicionales en su página web, incluyendo el estándar, esquema y secuencia de cadena original de Carta Porte, herramientas esenciales para que los desarrolladores migren de la versión 3.0 a la 3.1.

Recordemos que el 25 de septiembre del año pasado, el SAT hizo públicas las claves y descripciones para los catálogos del Complemento Carta Porte 3.0, cuya vigencia comenzó el 25 de noviembre.

La versión actual introdujo modificaciones significativas en áreas como el comercio exterior y el transporte de mercancías en la región del Istmo de Tehuantepec, además de considerar la logística inversa y añadir un código QR específico para este nuevo requisito.

Según la Resolución Miscelánea para 2024 emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de diciembre, se estableció un periodo transitorio que permitió la coexistencia de las versiones 2.0 y 3.0 hasta el 31 de marzo.

La versión 3.1 del Complemento Carta Porte surge casi nueve meses después del lanzamiento del Complemento Carta Porte 3.0, que fue la única versión válida desde el 1 de abril del presente año. La nueva versión aborda desafíos clave relacionados con el comercio exterior.

Las actualizaciones recientes incluyen aclaraciones sobre la presentación de mercancías mediante el Mecanismo de Selección Automatizado y la emisión del CFDI con su complemento correspondiente.

Además, se especifica que para las operaciones de comercio exterior, es necesario registrar el folio fiscal de la factura con su complemento Carta Porte en el Documento de Operación para Despacho Aduanero (DODA).

Los catálogos actualizados indican que la versión 3.1 entrará en vigor el próximo 17 de julio para todos los modos de transporte: autotransporte, marítimo, aéreo y ferroviario.

Finalmente, es importante señalar que no habrá un periodo de transición entre las versiones 3.0 y 3.1; por lo tanto, la versión actual perderá su validez un día antes del inicio oficial de la nueva versión.

 

Actualización en el procedimiento de cálculo del subsidio para el empleo mensual

El 1 de mayo de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que reforma el procedimiento para el cálculo del subsidio al empleo. Esta medida responde a la necesidad de ajustar los cálculos anuales para los trabajadores que perciben el salario mínimo general, los cuales se han visto afectados significativamente por dos factores principales:

  1. El aumento considerable del Salario Mínimo General (SMG), que ha escalado de $88.36 en 2018 a $248.93 en 2024.
  2. La falta de actualización en la tabla de subsidio al empleo, conforme lo establece el artículo Décimo Transitorio de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Ante la ausencia de una actualización oportuna en dicha tabla, se anticipaban obligaciones fiscales considerables en la declaración anual para los trabajadores con salario mínimo, estimando aproximadamente $8,000 pesos de impuestos a cargo para la Zona Norte y alrededor de $6,000 pesos para las Zonas Centro y Sur.

En respuesta a esta situación, la autoridad ha implementado una nueva metodología de cálculo para el subsidio al empleo. Esta consiste en conceder un subsidio equivalente al 11.82% de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), con el objetivo de prevenir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en la declaración anual para aquellos cuyo salario mensual no supere los $9,081 pesos.

Se espera que con esta nueva fórmula de cálculo se mitiguen los problemas previamente mencionados. Sin embargo, es importante señalar que la declaración anual correspondiente al año 2024 podría reflejar un saldo a cargo. Esto se debe a que, durante los primeros cuatro meses del año, la tabla no se encontraba actualizada, lo que resultó en la no generación del subsidio adecuado para el periodo de enero a abril.

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