El SAT publica su primer listado de contribuyentes con comprobantes fiscales presuntamente falsos: qué hacer si recibiste una factura de alguno
El SAT publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación los primeros tres oficios bajo la fracción X del artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación. Son los primeros casos donde el contribuyente no logró desvirtuar la presunción de emitir comprobantes fiscales falsos (lo que comúnmente se conoce como EFOS).
Esto no es un aviso preventivo. Es una lista con nombre, RFC y fecha en que surte efectos, y trae una consecuencia directa para cualquier empresa que haya recibido un CFDI de esos contribuyentes.
Los primeros tres casos publicados
El SAT publicó tres oficios, cada uno con el nombre, RFC y fecha en que surte efectos del contribuyente correspondiente. Consulta directamente cada publicación en el DOF:
- DOF – Diario oficial de la Federación
- DOF – Diario oficial de la Federación
- DOF – Diario oficial de la Federación
Cruza el RFC de cada caso contra tus proveedores antes de que se cumplan los 30 días naturales desde esta publicación.
Qué obliga la publicación
Si tu empresa recibió un CFDI de alguno de los contribuyentes en esta lista, la autoridad da un plazo de 30 días naturales a partir de la publicación en el DOF para presentar una declaración complementaria y revertir el efecto fiscal que le diste a ese comprobante.
Si no lo haces dentro de esos 30 días, el SAT te restringe temporalmente el uso de tu Certificado de Sello Digital (CSD) — es decir, dejas de poder facturar hasta resolverlo.
Qué hacer ahora, en orden
1. Cruza tus CFDI recibidos del ejercicio en curso contra los RFC publicados. No esperes a que salga una lista más larga; cada publicación en el DOF activa su propio conteo de 30 días.
2. Si hay coincidencia, no lo discutas por tu cuenta. Revisa con tu contador si procede la declaración complementaria antes de que se cumpla el plazo.
3. Documenta el proceso. Si el proveedor cuestionado sigue operando y tú puedes acreditar la materialidad de la operación, ese soporte documental es lo que te protege ante una revisión posterior.
4. No dependas solo de la memoria o de una revisión manual. Con el volumen de CFDI que mueve una PyME al mes, cruzar proveedor por proveedor a mano es donde se te va a escapar un caso.
CONTPAQi ya anunció que integrará este listado directamente en sus sistemas, para que la validación contra tus CFDI recibidos se haga de forma automática. En iteSoluciones te avisamos en cuanto esté disponible para tu versión.
Mientras se libera esa funcionalidad, te ayudamos a hacer el cruce contra el listado del DOF ahora mismo, para que no dependas de esperar.